Da 8 Ley Orgánica de Extranjería

D.A. 8ª. Ayudas al retorno voluntario.

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D.A. 8ª. Ayudas al retorno voluntario.

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El Gobierno contemplará anualmente la financiación de programas de retorno voluntario de las personas que así lo soliciten y planteen proyectos que supongan su reasentamiento en la sociedad de la que partieron y siempre que los mismos sean de interés para aquella comunidad.