Da 8 Montes
Da 8 Montes

Da 8 Montes

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. 8ª. Ocupaciones en montes de dominio público forestal por razones de la Defensa Nacional.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Podrán establecerse derecho de paso y autorizarse ocupaciones temporales en montes del dominio público forestal, motivadas por interés de la Defensa Nacional, conforme al procedimiento y plazos que se determinen.

2. En caso de discrepancia entre las Administraciones públicas implicadas, la resolución del expediente de establecimiento del derecho de paso u ocupación a que se refiere el apartado anterior se resolverá conforme al procedimiento previsto en el apartado 4 del artículo 18 de esta ley.

3. En aquellas actividades realizadas por razones de la Defensa Nacional que entrañen riesgo directo de incendios, el Ministerio de Defensa dotará a los territorios afectados de infraestructuras preventivas y equipos de extinción de acuerdo con los planes técnicos aprobados por el Ministerio de Medio Ambiente.

Modificaciones