Da 8 NORMAFORAL5/2005,de31demayo,porlaqueseregulaelrégimenjurídicogeneraldelassubvencionesotorgadasporlaAdministraciónForal.
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA. Entidades colaboradoras.
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Las entidades colaboradoras designadas a la entrada en vigor de la presente Norma Foral mantendrán dicha condición cuando cumplan los requisitos establecidos en los artículos 11 y 12 para las mismas.
