Da 8 Ordenación del Territorio de Canarias
- NOTA: Se deja sin efecto la derogación por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, con entrada en vigor el 15 de mayo de 2000, por la Ley 1/2013, de 25 de abril.
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»D.A. 8ª. Planes previstos en otras Leyes protectoras del territorio y de los recursos naturales.
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Los instrumentos de planificación previstos en las otras leyes protectoras del territorio y de los recursos naturales se asimilarán a los instrumentos de ordenación previstos en esta Ley, de conformidad con la funcionalidad y determinaciones que le sean propias.
