Da 8 del Presupuesto para el año 2013 de la Comunidad Autónoma de Andalucía
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»D.A. 8ª. Autorización para la enajenación.
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En cumplimiento de las previsiones contenidas en los artículos 89 y 94 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se autoriza a la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA) para la enajenación directa a título oneroso de bienes inmuebles de su titularidad por importe superior a veinte millones de euros, así como para la enajenación de acciones por importe superior a quince millones de euros.
