Da 8 Presupuestos 2005 Cantabria
DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA. Colaboración en la realización del Plan Anual de Auditorías.
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Para la realización del Plan Anual de Auditorías del año 2005, la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria podrá, en caso de insuficiencia de medios propios disponibles, recabar la colaboración de empresas privadas de auditoría, que deberán ajustarse a las normas e instrucciones que determine aquélla, contratando la Consejería de Economía y Hacienda con éstas la realización de los trabajos de auditoría de cuentas que en cada caso se señale.
Los auditores serán contratados por un plazo máximo de dos años, prorrogable por otros dos, no pudiendo superarse los ocho años de realización de trabajos sobre una misma entidad a través de contrataciones sucesivas, incluidas sus correspondientes prórrogas, ni pudiendo a dichos efectos ser contratados para la realización de trabajos sobre una misma entidad hasta transcurridos dos años desde la finalización del período de ocho años antes referido.
Las sociedades de auditoría o auditores de cuentas individuales concurrentes en relación con cada trabajo a adjudicar no podrán ser contratados cuando, en el año anterior a aquel en que van a desarrollar su trabajo o en ese mismo año, hayan realizado o realicen otros trabajos para la entidad, sobre áreas o materias respecto de las cuales deba pronunciarse el auditor en su informe.
