Da 8 Presupuestos 2016 La Rioja
D.A. 8ª. Contratación de personal de las sociedades mercantiles públicas y las entidades públicas empresariales en 2016.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En el caso de las sociedades mercantiles y las entidades públicas empresariales públicas definidas en la Ley de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la contratación indefinida de personal requerirá, en todo caso, además de lo establecido en el apartado uno de la disposición adicional decimoquinta de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, informe favorable de la consejería competente en materia de Hacienda.
Asimismo, la contratación temporal en las citadas sociedades y entidades públicas empresariales, teniendo en cuenta lo indicado en el apartado anterior, requerirá también previo informe favorable de la consejería competente en materia de Hacienda.
Las sociedades mercantiles y entidades públicas empresariales de la Comunidad Autónoma de La Rioja deberán remitir a la consejería competente en materia de Hacienda, junto con la solicitud de autorización de la masa salarial, información relativa a todo el personal temporal que ha prestado servicios en el ejercicio anterior, detallando el número de jornadas anualizadas y el coste de las mismas.
