Da 8 Presupuestos Generales para 2023 de Canarias
D.A. 8ª. Ropa de trabajo.
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Sin perjuicio de los acuerdos que se alcancen en la Comisión Negociadora del convenio colectivo, la asignación y reposición de vestuario y otras prendas de utilización obligatoria se realizará con sujeción a los criterios acordados por la Comisión Negociadora del III Convenio colectivo del personal laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, en las reuniones celebradas el 21 y el 23 de noviembre de 2011.
La contratación de dichas prendas estará centralizada en las secretarías generales técnicas u órganos de contratación asimilados, salvo en la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, para el personal de los centros educativos, y en la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, para el personal de seguridad y emergencias.
El importe de la ropa de trabajo del personal destinado en centros educativos podrá destinarse a los centros para su reparto.
