Da 8 Presupuestos Generales 2025 Asturias
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»D.A. 8ª. Fondo de Contingencia
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A efectos de lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y en el artículo 40 bis del TRREPPA, tendrán la consideración de «Fondo de Contingencia» los créditos consignados en el subconcepto 500.000 «Fondo de Contingencia» del programa 633 A «Imprevistos y Funciones no Clasificadas» de la sección 31.
