Da 8 Protección ambiental de Extremadura

Da 8 Protección ambiental de Extremadura

Ver Indice
»

D.A. 8ª. Comisión técnica de valoración de daños medioambientales.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Se crea la Comisión técnica de valoración de daños medioambientales como órgano de cooperación técnica y colaboración entre las distintas unidades administrativas de la Dirección General con competencias en materia de medio ambiente, para el intercambio de información y el asesoramiento en materia de valoración de daños medioambientales.

2. La Comisión técnica de valoración de daños medioambientales queda adscrita a la Consejería competente en materia de medio ambiente, a través de la Dirección General con competencias en dicha materia.

3. Las funciones, composición y régimen de funcionamiento de la Comisión técnica de valoración de daños medioambientales se determinará reglamentariamente.