Da 8 Reglamento de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios de los Cuerpos de Policía
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El procedimiento a seguir en la provisión, en comisión de servicios, de los puestos de trabajo de la Ertzaintza será objeto de negociación con las organizaciones sindicales representativas en la Ertzaintza, en la mesa prevista en el artículo 103.2 de la Ley de Policía del País Vasco.
Los representantes de la Administración y de las organizaciones sindicales a que se refiere el párrafo anterior, podrán pactar los términos de dicho procedimiento en la forma prevista en el artículo 104.3 de la Ley de Policía.
