Da 8 Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales
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»D.A. 8ª. Administración electrónica en el canon de saneamiento.
Vigente
Los usuarios no domésticos de canon de saneamiento y las entidades suministradoras de agua potable privadas que ostenten la condición de persona jurídica están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración tributaria autonómica a los efectos de la aplicación de este impuesto.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 8ª (se añade)) por Ley 3/2017, de 31 de marzo, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2017
(BOR de 01-04-2017) en vigor desde 02-04-2017 - Texto Original. Publicado el 31-10-2000 en vigor desde 02-04-2017