Da 9 Administración Local de Aragón

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D.A. 9ª. Regulación del Registro de comunidades tradicionales de origen vecinal de Aragón.

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El Gobierno de Aragón, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente Ley, regulará un Registro de comunidades tradicionales de origen vecinal de Aragón, a propuesta del Departamento con competencia en materia de régimen local.

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