Da 9 Impuesto sobre Sociedades de Navarra -Derogada-
D.A. 9ª.-Nueva redacción de las letras b) y d) del artículo 3 de la Ley Foral 1/1985, de 4 de marzo.
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"b) Libertad de amortización de los elementos del inmovilizado material."
"d) Las bases liquidables negativas obtenidas a partir de la aprobación del plan de saneamiento y relanzamiento podrán reducir las bases imponibles correspondientes a los períodos impositivos que concluyan en los siete años inmediatos y sucesivos contados a partir del inicio del primer período impositivo en el que la base imponible fuere positiva.
El cómputo del plazo de reducción de las bases liquidables negativas pendientes de reducción a la entrada en vigor del plan de saneamiento y relanzamiento quedará suspendido hasta el inicio del primer período impositivo en el que la base imponible fuese positiva.
Asimismo el cómputo de los plazos para la aplicación de las deducciones previstas en el Capítulo IV del Título VI de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades se diferirá o suspenderá hasta el inicio del primer período impositivo en el que la base imponible fuese positiva."
