D.A. 9ª. Autorizaciones autonómicas de trabajo en origen.
Ver Indice
»D.A. 9ª. Autorizaciones autonómicas de trabajo en origen.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En el marco de los procedimientos de contratación colectiva en origen, las comunidades autónomas con competencias ejecutivas en materia de autorizaciones de trabajo podrán establecer servicios que faciliten la tramitación de los correspondientes visados ante los consulados españoles, así como promover el desarrollo de programas de acogida para los trabajadores extranjeros y sus familias.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 9ª (se añade)) por Ley Organica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley Organica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integracion social.
(BOE de 12-12-2009) en vigor desde 13-12-2009
