Da 9 Ordenación Sanitaria
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D.A. 9ª. Desarrollo profesional del personal sanitario.

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La Consejería de Sanidad articulará las medidas necesarias para diseñar e implantar un nuevo modelo de desarrollo profesional del personal sanitario. A tal efecto, se crearán las comisiones necesarias de acuerdo a los grupos profesionales que configuran el sector sanitario, que estarán compuestas por representantes de los profesionales, por representantes de las sociedades científicas, por representantes de los colegios profesionales y por la correspondiente representación de la administración sanitaria.

Reglamentariamente se determinará la composición y funcionamiento de estas comisiones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-12-2001 en vigor desde 26-12-2001