Da 9 Presupuestos 2010 Galicia

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D.A. 9ª.- Modificaciones de proyectos de inversión con cargo al Fondo de Compensación Interterritorial.

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Uno.-Los proyectos de inversión pública correspondientes a competencias asumidas por la comunidad autónoma que se financien con cargo a fondos de compensación interterritorial se ejecutarán de acuerdo con la normativa reguladora de dichos fondos.

Dos.-Corresponderá a la persona titular de la Consejería de Hacienda aprobar las variaciones necesarias en las relaciones de proyectos que componen los referidos fondos, con alta de nuevos proyectos o modificación de los existentes, con objeto de alcanzar el máximo grado de ejecución de estos recursos.

Tres.-La Consejería de Hacienda podrá imputar al Fondo de Compensación Interterritorial los expedientes de gasto contabilizados en créditos de análoga finalidad y destino económico a los inicialmente presupuestados, en su caso, después de la aprobación de los proyectos en el Comité de Inversiones Públicas.