Da 9 Presupuestos 2012 Madrid

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DISPOSICIÓN ADICIONAL NOVENA. Retribuciones del personal de las sociedades mercantiles.

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Con efectos de 1 de enero de 2012, las retribuciones del personal laboral no directivo de las sociedades mercantiles del sector público de la Comunidad deMadrid, no podrán experimentar ningún incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2011 y consecuencia, en su caso, de la correspondiente negociación colectiva.

Igualmente, en relación con las sociedades a que se refiere el párrafo anterior, se mantienen vigentes, con efectos de 1 de enero de 2012, las retribuciones de su personal directivo a 31 de diciembre de 2011.