Da 9 Presupuestos para el...de Aragón

Da 9 Presupuestos para el ejercicio 2023 de la Comunidad Autónoma de Aragón

Ver Indice
»

D.A. 9ª.- Gestión de los créditos financiados con fondos Next Generation EU.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Los créditos dotados con el fondo «Europa (React-EU)» solo podrán ejecutarse con la finalidad de financiar actuaciones que resulten elegibles conforme a su marco regulatorio.

2. A los efectos anteriores, el Gobierno de Aragón determinará los proyectos que puedan financiarse con el fondo «Europa (React-EU)» y fijará los criterios aplicables a la gestión de los créditos vinculados a dichos proyectos, a fin de garantizar la consecución de los objetivos previstos en los mismos.

3. Las propuestas de gasto a financiar con créditos «Europa (React-EU)» deberán incorporar una memoria específica, que cuantifique y justifique las estimaciones de gasto para cada actividad y en qué medida contribuyen al cumplimiento de los objetivos previstos en la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica. Asimismo, será necesario obtener un informe de elegibilidad que deberá emitir la Dirección General de Desarrollo Estatutario y Programas Europeos, siempre de acuerdo con lo establecido en la normativa reguladora.

4. Corresponde al Gobierno de Aragón, a propuesta de la persona titular del Departamento de Hacienda y Administración Pública y a iniciativa de los departamentos interesados, la autorización de transferencias de créditos entre distintas secciones, financiados con «Europa (React-EU)», para garantizar una correcta ejecución del citado programa.

A estas transferencias de crédito no les resultarán de aplicación las limitaciones recogidas en el artículo 48 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

5. A los procedimientos administrativos que deban tramitarse para impulsar los proyectos que el Gobierno de Aragón determine que se financian con el fondo «Europa (React-EU)» se les aplicará la tramitación de urgencia, reduciendo a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

6. Se podrá anticipar el 100% de las subvenciones que se concedan en el marco de los proyectos que el Gobierno de Aragón determine que pueden financiarse con el fondo «Europa (React-EU)», así como de las subvenciones que se concedan con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, sin que sea necesaria la prestación de garantías.

7. A los efectos previstos en el apartado 5) del artículo 44 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma, podrán incorporase a los créditos del ejercicio los remanentes de los créditos que amparen gastos financiados con fondos del «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», que se financiarán con el remanente de tesorería afectado siempre que se haya acreditado la correspondiente financiación.

8. Con cargo a los créditos vinculados al «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», la persona titular del departamento competente en materia de hacienda autorizará todos los compromisos de gastos que hayan de extenderse a ejercicios posteriores a aquel en que se autoricen, sin que sean de aplicación los apartados 3 y 5 del artículo 41 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

9. De los gastos de carácter plurianual financiados con fondos del «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» que superen el número de anualidades y los porcentajes previstos en el artículo 41.5 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón y de los que se hubieran debido autorizar por el Gobierno de Aragón en virtud de lo establecido en el artículo 41.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, tomará conocimiento el Gobierno de Aragón, mediante acuerdo elaborado por el departamento competente en la gestión de los fondos y propuesto de forma conjunta por dicho departamento y el departamento competente en materia de hacienda.