Da 9 TR. de la ley de urbanismo de Cataluña
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»D.A. 9ª. Formulación de programas de actuación urbanística municipal en municipios comprendidos en el ámbito de un planeamiento general plurimunicipal.
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Los municipios comprendidos en el ámbito territorial de un planeamiento general plurimunicipal aprobado definitivamente antes de la entrada en vigor de la Ley 2/2002 pueden formular y tramitar su propio programa de actuación urbanística municipal, cuya aprobación definitiva corresponde al órgano que establecen, según corresponda, los artículos 79 y 80.

