Da �nica la que se corrigen técnicamente determinadas normas forales tributarias del Territorio Histórico de Álava
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Durante el período comprendido entre el 1 de abril de 2012 y el 31 de diciembre de 2012, lo dispuesto en el artículo 4 de esta Norma Foral respecto a la exención regulada en el apartado Dos del artículo 6 de la Norma Foral 9/2013, de 11 de marzo, del Impuesto sobre el Patrimonio, se entenderá referido al artículo equivalente en cuanto al contenido de la citada exención de la Norma Foral 23/1991, de 11 de diciembre del Impuesto sobre Patrimonio.

