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D.A. UNICA. Escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

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Escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Condicionada a la aprobación de la ley reguladora de la cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía, derivada de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, la escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que resultará de aplicación durante el ejercicio 2011 y los posteriores será la siguiente:

BASE LIQUIDABLE

&nbps;

-

&nbps;

HASTA EUROS

CUOTA ÍNTEGRA

&nbps;

-

&nbps;

EUROS

RESTO BASE

&nbps;

LIQUIDABLE

&nbps;

-

&nbps;

HASTA EUROS

TIPO APLICABLE

&nbps;

-

&nbps;

PORCENTAJE

0,00

0,00

17.707,20

12,00

17.707,20

2.124,86

15.300,00

14,00

33.007,20

4.266,86

20.400,00

18,50

53.407,20

8.040,86

26.592,80

21,50

80.000,00

13.758,31

20.000,00

22,50

100.000,00

18.258,31

20.000,00

23,50

120.000,00

22.958,31

en adelante

24,50