Da �nica Encargos a entes instrumentales de la Administración
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»D.A. UNICA.- Reconocimiento del carácter de ente instrumental a las Sociedades Públicas.
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El procedimiento para reconocer a las sociedades públicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra el carácter de ente instrumental es el establecido en este Decreto Foral. Para las entidades que ya ostentan la condición de ente instrumental, dicho reconocimiento deberá renovarse antes de la expiración de las declaraciones actualmente vigentes.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. Única) por DECRETO FORAL 64/2014, de 27 de agosto, por el que se modifica la disposición adicional única del Decreto Foral 23/2014, de 19 de febrero, por el que se regulan los encargos a entes instrumentales de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
(NA de 05-09-2014) en vigor desde 06-09-2014
