Da �nica Gobierno Valen...Valenciana

Da �nica Gobierno Valenciano, por el que se establecen las bases y criterios generales uniformes para la selección, promoción y movilidad de todas las escalas y categorías de las policías locales y auxiliares de policía local de la Comunidad Valenciana

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DISPOSICIÓN ADICIONAL.

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Los funcionarios que ejerzan el derecho a la movilidad, durante el plazo de toma de posesión, tendrán derecho a la totalidad de las retribuciones, tanto básicas como complementarias, de carácter fijo y periodicidad mensual. Para la aplicación de lo dispuesto en la presente disposición adicional, en el caso de que el término de dicho plazo se produzca dentro del mismo mes en que se efectuó el cese, las citadas retribuciones se harán efectivas por el Ayuntamiento de procedencia, por mensualidad completa y de acuerdo con la situación y derechos del funcionario, referidos al primer día hábil del mes en que se produce el cese. Si, por el contrario, dicho término recayera en mes distinto al del cese, las retribuciones del primer mes se harán efectivas de la forma indicada, y las del segundo se abonarán por el Ayuntamiento de destino al que se accede, asimismo por mensualidad completa y en la cuantía correspondiente al puesto en que se ha tomado posesión.