Da nica Mejora de la protección de las personas donantes en vivo de órganos o tejidos para su posterior trasplante
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»D.A. UNICA. Seguimiento de la norma.
Vigente
En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de esta norma, el Gobierno deberá evaluar si los efectos de su aplicación han resultado en un incremento tangible y real del número de personas donantes vivas y, en su caso, propondrá la extensión de una protección equivalente a potenciales donantes vivos no incluidos en su ámbito actual de aplicación.

