Da �nica Modalidades de viviendas de protección pública
D.A. 1.ª El Registro de Demandantes de Vivienda con protección pública de Castilla-La Mancha.
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Copiloto jurídico
1. El Registro de Demandantes de Vivienda con protección pública de Castilla-La Mancha, regulado en los distintos planes regionales de vivienda vigentes en cada momento, es el instrumento administrativo que tiene por objeto facilitar los datos necesarios para la gestión y control de la adjudicación de viviendas con protección pública en la región, controlar que la transmisión y cesión del uso de las mismas se produce en las condiciones establecidas en la normativa vigente, suministrar información actualizada en la elaboración de estudios, informes y estadísticas sobre la evolución del sector inmobiliario en la región, y evitar que se pueda producir cualquier tipo de fraude en la transmisión de viviendas con protección pública.
2. El Registro de Demandantes de Vivienda con protección pública de Castilla-La Mancha abrirá una sección en la que figurarán inscritas las personas demandantes que estén disfrutando de la garantía económica de acceso a la vivienda prevista en la Ley de Garantías en el Acceso a la Vivienda en Castilla-La Mancha, ordenadas de mayor a menor antigüedad desde que se dictó la resolución de reconocimiento de la garantía de acceso a la vivienda.
3. Estas personas demandantes en tanto figuren inscritas en dicha sección gozarán de la preferencia que reglamentariamente se determine para acceder a las ofertas de viviendas con protección pública.
- Modificación realizada (se renumera la D.A. Única como D.A. Primera) por Ley 1/2023 de 27 de Ene C.A. La Mancha (Medidas Administrativas, Financieras y Tributarias) (CM de 31-01-2023) en vigor desde 01-02-2023
- Artículo modificado (D.A. Única (se añade)) por Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Garantías en el Acceso a la Vivienda en Castilla-La Mancha. [2011/2725]
(CM de 21-02-2011) en vigor desde 13-03-2011
