Da �nica Se modifica parcialmente el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres
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»D.A. UNICA. Reducción del porcentaje del precio del transporte turístico sobre el regular de uso general coincidente con aquél.
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Por Orden del Ministro de Fomento, oído el Consejo Nacional de Transportes Terrestres y el Comité Nacional del Transporte por Carretera, podrá reducirse el porcentaje en que el precio del transporte turístico ha de superar al del regular de uso general coincidente, cuando las circunstancias del mercado así lo aconsejen.
