Da �nica Modificación de la Ley 11/2003, sobre el estatuto de las personas con discapacidad
D.A. UNICA
GPT Iberley IA
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Se modifica el apartado III del preámbulo de la Ley 11/2003, de 10 de abril, de la Generalitat, sobre el estatuto de las personas con discapacidad, que queda redactado de la siguiente manera:
Asumiendo la clasificación internacional del funcionamiento, de la discapacidad y de la salud, aprobada en el mayo de 2001, por la Organización Mundial de la Salud, en la que se tomó la decisión de reemplazar los conceptos «deficiencia», «discapacidad» y «minusvalía», esta ley ha optado por utilizar indistintamente el término «discapacidad» o «diversidad funcional» como un término genérico, inclusivo y respetuoso con las personas que tienen limitaciones en la actividad y restricciones en la participación.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos y todas las ciudadanas, tribunales, autoridades y poderes públicos a los que corresponda, observen y hagan cumplir esta ley.
València, 24 de abril de 2018
El president de la Generalitat,
XIMO PUIG I FERRER
