Da �nica Modificación de la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General, para el supuesto de convocatoria automática de elecciones en virtud de lo dispuesto en el apdo. 5 del art. 99 de la Constitución
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»D.A. UNICA.
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Los partidos, federaciones y coaliciones que promuevan candidaturas impulsarán un acuerdo para reducir al máximo los gastos electorales derivados de la publicidad exterior de carácter comercial para el supuesto de una convocatoria electoral como consecuencia del supuesto previsto en el apartado 5 del artículo 99 de la Constitución.

