Da �nica Ordenación de empresas de turismo activo
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»D.A. Única. Empresas de otras Comunidades Autónomas que presten servicios de turismo activo en Castilla y León.
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Las empresas de otras Comunidades Autónomas que desarrollen actividades de turismo activo en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, aún cuando sea ocasionalmente, están obligadas a obtener la oportuna autorización turística y por tanto estar inscritas en el Registro de Empresas, Actividades y Profesiones Turísticas de la Comunidad de Castilla y León, de acuerdo con lo establecido en este Decreto.
