Da �nica Reglamento de Ordenación de la Información Geográfica
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»D.A. UNICA. Menciones de género.
Vigente
Las menciones genéricas en masculino que aparecen en el articulado del Reglamento objeto de aprobación se entenderán referidas también a su correspondiente femenino.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-11-2010 en vigor desde 27-11-2010