Da �nica Reglamento de Recaudación del THG
D.A. UNICA. Organos de las Entidades Locales y de los otros entes públicos que integran el Sector Público Foral del Territorio Histórico de Gipuzkoa
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1. A efectos de lo dispuesto en el presente Reglamento los órganos competentes de las Entidades Locales y de los otros Entes Públicos que integran el Sector Público Foral del Territorio Histórico de Gipuzkoa distintos de la Diputación Foral, se determinarán conforme a lo establecido en su normativa específica.
2. Las referencias realizadas en este reglamento a la Diputación Foral de Gipuzkoa se entenderán realizadas, cuando sean competentes por razón de la materia, a los otros Entes Públicos que integran el Sector Público Foral del Territorio Histórico de Gipuzkoa distintos de la Diputación Foral y a las respectivas entidades locales.
Asimismo, cuando sea una entidad local la competente para actuar, las referencias realizadas a la Hacienda foral se entenderán referidas a la respectiva Hacienda municipal.
