Da �nica se regula la consolidación, convalidación y conservación del grado personal
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»D.A. Única. Cuadro de niveles.
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El intervalo de niveles correspondiente a cada subgrupo o grupo de clasificación profesional es el siguiente:
| Subgrupo | Nivel mínimo | Nivel máximo |
| A1 | 22 | 30 |
| A2 | 20 | 26 |
| C1 | 15 | 22 |
| C2 | 14 | 18 |
| Agrupaciones profesionales | 10 | 14 |
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. Única (queda sin efecto modificación hecha por Decreto-ley 1/2025)) por RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2025, de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de las Cortes de Castilla y León de derogación del Decreto-Ley 1/2025, de 23 de octubre, de medidas urgentes en materia de incendios forestales relativas al personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
(CL de 05-12-2025) en vigor desde 05-12-2025 - Artículo modificado (D.A. Única) por DECRETO-LEY 1/2025, de 23 de octubre, de medidas urgentes en materia de incendios forestales relativas al personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
(CL de 24-10-2025) en vigor desde 25-10-2025
