Da �nica Turismo de Andalucía
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»D.A. 1ª. Actualización de las multas.
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La cuantía de las multas podrá ser actualizada por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo, de acuerdo con el índice de precios al consumo, o sistema que lo sustituya.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. Única (pasa a ser D.A. 1ª)) por Decreto-ley 1/2013, de 29 de enero, por el que se modifica elDecreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, por el que se apruebael Texto Refundido de la Ley del Comercio Interior deAndalucía y se establecen otras medidas urgentes en elámbito comercial, turístico yurbanístico.
(JA de 05-02-2013) en vigor desde 06-02-2013
