Da nica establece las bases de los sistemas de seguimiento y verificacion de emisiones de gases de efecto invernadero en las instalaciones incluidas en el ambito de aplicacion de la Ley 1/2005
- Norma derogada con fecha 8 de enero de 2026. - Real Decreto 1151/2025 de 17 de Dic (se regula el Fondo de Carbono para una Economía Sostenible)
D.A. UNICA. Verificadores acreditados en otro Estado miembro de la Unión Europea.
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Los verificadores acreditados en otro Estado miembro de la Unión Europea en el ámbito de aplicación del artícu-lo 15 de la Directiva 2003/87 /CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, podrán verificar las emisiones de gases de efecto invernadero de las instalaciones ubicadas en España, siempre que comuniquen su intención al órgano autonómico competente en el territorio donde deseen actuar con una antelación mínima de tres meses y aporten la documentación que pruebe que disponen de una acreditación en vigor emitida con respecto a criterios y requisitos similares, como mínimo, a los establecidos en este real decreto y siempre que el órgano autonómico competente no adopte una resolución expresa motivada en sentido contrario.

