Da �nica Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno
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»D.A. UNICA. No incremento de gasto público.
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1. La creación y puesta en funcionamiento del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno no podrán suponer incremento de dotaciones, retribuciones, u otros gastos de personal ni, por otros conceptos, incremento neto de estructura o de personal al servicio del sector público estatal.
2. El Consejo se dotará exclusivamente mediante la redistribución de efectivos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, sus organismos y entidades públicas, y su funcionamiento se atenderá con los medios materiales y personales de que dispone actualmente la Administración.
