Da �nica Reglamento del...de Navarra

Da �nica Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de Navarra

Ver Indice
»

D.A. Única

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El apartado 2 del artículo 94 del Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Decreto Foral 165/1999, de 17 de mayo, quedará redactado con el siguiente contenido:

"2. El Impuesto será objeto de autoliquidación con carácter general con excepción de aquellos hechos imponibles que se contengan en un mismo documento que se haya presentado a la Administración para que proceda a su liquidación por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones."