Da �nica Voluntariado y el asociacionismo
- Se cambia el título de la norma de «Ley 11/2023, de 27 de diciembre, de fomento del asociacionismo» a «Ley 25/2015, de 30 de julio, del voluntariado y el asociacionismo». - LEY 11/2023, de 27 de diciembre, de fomento del asociacionismo.
D.A. UNICA. Voluntariado excluido del ámbito de aplicación de la presente ley
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Las disposiciones de la presente ley no son de aplicación al voluntariado de protección civil ni al voluntariado en materia de prevención, extinción de incendios y salvamento, a los cuales se aplica su correspondiente normativa específica.
2. La presente ley no se aplica a las acciones solidarias que se llevan a cabo de un modo libre y sin compensación económica y al margen de entidades privadas sin ánimo de lucro, ni tampoco a las acciones solidarias que se llevan a cabo por parentesco, amistad o vecindad, o como consecuencia de una relación civil, académica, funcionarial, laboral o mercantil, o derivada de una obligación jurídica o de pertenencia, ni a las realizadas por interés propio de una persona o colectivo, ni a las actividades realizadas por colectivos no formales o movimientos sociales.
3. La presente ley no se aplica a los proyectos o campañas puntuales que impulsan entidades sin ánimo de lucro o administraciones que movilizan a los ciudadanos por una causa concreta.
4. En cuanto a las entidades y actividades reguladas por una normativa específica, las disposiciones de la presente ley únicamente son de aplicación supletoria.
5. Las disposiciones de la presente ley deben aplicarse sin perjuicio de la legislación sobre cooperación al desarrollo y solidaridad internacional.
