Da única Politica Agraria y Alimentaria
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D.A. 3ª. Derechos lingüísticos.

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A la hora de adoptar medidas para el cumplimiento de la Ley, las administraciones públicas vascas garantizarán el uso del euskera y del castellano en las relaciones externas. Así mismo, se garantizará el derecho que asiste a las personas físicas y a los representantes de las personas jurídicas a utilizar el euskera y el castellano, tanto oralmente como por escrito, en sus relaciones con dichas administraciones y a recibir la atención en el mismo idioma.

 

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