Da única Reforma del marco normativo de la prevencion de riesgos laborales
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»D.A. UNICA. Fundamento constitucional.
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La calificación competencial contenida en la disposición adicional tercera de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, no queda alterada por las modificaciones que de la misma se llevan a cabo mediante esta ley, a excepción de la correspondiente a la relación de artículos del apartado 2, a) , de dicha disposición a los que deben añadirse los artículos 24, apartado 6, y 32 bis.
