Da única Tarifas e instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas o Licencia Fiscal
Da única Tarifas e instru...cia Fiscal

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D.A. UNICA

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El Recurso Cameral Permanente de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra, establecido por la Ley Foral 6/1995, de 4 de abril, y que se ha venido liquidando sobre las cuotas de la Licencia Fiscal de Actividades Industriales, Comerciales, de Servicios, Profesionales, Artísticas y Deportivas, se liquidará, a partir de 1 de enero de 1997, sobre las correlativas cuotas de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas o Licencia Fiscal. A estos efectos no se tendrá en cuenta el importe del elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades gravadas, ni tampoco el correspondiente a la escala de índices regulados en el artículo 154 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-06-1996 en vigor desde 28-10-1996