Ddt �nica Carreteras de Andalucía
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Vigente
Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en la presente Ley y, expresamente, el artículo 41 de la Ley 11/1987, de 26 de diciembre, reguladora de las relaciones entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y las Diputaciones provinciales de su territorio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-07-2001 en vigor desde 26-10-2001