Ddt �nica Imp. sobre el Valor Añadido -IVA-
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»D. DT. ÚNICA
Vigente
A la entrada en vigor de este Decreto Foral, quedará derogada la Norma Foral 3/1986, de 3 de marzo, del Impuesto sobre el Valor Añadido, sin perjuicio del derecho de la Administración a exigir las deudas tributarias devengadas con anterioridad a aquella fecha o del reconocimiento de aquellos derechos exigibles conforme a la misma.