Ddt �nica Ley de medidas de protección y revitalización del conjunto histórico de la ciudad de Valencia
D.DT. Única. Derogación normativa
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1. Queda derogada cualquier norma de igual o inferior rango que se oponga a lo establecido en la presente ley.
2. De una forma especial, el Decreto 57/1993, de 3 de mayo, del Consell, por el que se declaró bien de interés cultural al conjunto histórico de Valencia, deberá entenderse modificado o derogado en cualquier aspecto que pudiera oponerse a lo establecido en la presente ley.
Así mismo, el Decreto 57/1993, de 3 de mayo, del Consell, por el que se declaró bien de interés cultural al conjunto histórico de Valencia, deberá entenderse modificado o derogado en cualquier aspecto que pudiera oponerse a la total ejecución del Plan Especial de Protección y de Reforma Interior del Cabanyal-Canyamelar, aprobado definitivamente por Resolución de 2 de abril de 2001, del conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, ya que dicho Plan produce una mejora de la relación del barrio del Cabanyal con su entorno territorial o urbano y evita usos degradantes para el propio conjunto.
3. Queda derogado el Decreto-ley 1/2010, de 7 de enero, de Medidas de Protección y Rehabilitación del Conjunto Histórico de la Ciudad de Valencia.
