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Ddt nica Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para 2023

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1. Quedan derogados los siguientes preceptos del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio:

a) Los capítulos III y IV del título III bis.

b) El capítulo XVI del título IV.

c) El capítulo VIII del título VIII.

d) El capítulo X del título XIV.

e) El capítulo XXV del título XXI.

f) La letra d del artículo 26.6-4.

2. Quedan derogadas las siguientes disposiciones:

a) El artículo 9.1 b de la Ley 12/1985, de 13 de junio, de espacios naturales.

b) El artículo 3 t y s de la Ley 11/1989, de 10 de julio, de creación del Instituto Catalán de la Mujer.

c) El artículo 64 de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la Policía de la Generalidad - Mossos d'Esquadra.

d) El artículo 16.2 c y d de la Ley 6/2001, de 31 de mayo, de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno.

e) Los artículos 87.g y h, 88.g y p y 96 de la Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña.

f) El artículo 21.3, 4 y 5 y los artículos 39.3, 116, 117 y 118 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre.

g) El artículo 36 de la Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

h) El artículo 553-25 bis y la disposición transitoria decimocuarta de la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código civil de Cataluña, relativo a los derechos reales.

i) El artículo 19.2 de la Ley 13/2006, de 27 de julio, de prestaciones sociales de carácter económico.

j) El artículo 45 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

k) Los epígrafes 11.1.c.ii del anexo I.1 y 11.1.c.ii del anexo III de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades.

l) El artículo 35.4 de la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.

m) El artículo 56.4 de la Ley 16/2017, de 1 de agosto, del cambio climático.

n) Los artículos 17.2, 18 y 19.2 b del Decreto ley 5/2021, de 2 de febrero, por el que se aprueban medidas urgentes para la implementación y gestión de los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo REACT-EU para la Administración de la Generalidad de Cataluña y su sector público.