Ddt �nica Medidas fiscales y financieras y de creación del Instituto Catalán de las Industrias Culturales
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Se derogan las siguientes disposiciones:
a) El apartado 2 de la disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras.
b) La disposición final sexta de la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público.
c) La disposición transitoria primera del Decreto 7/2012, de 10 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural.

