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Ddt �nica Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat Valenciana

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D.DT. Única. Normativa que se deroga

Vigente

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Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a la presente ley y, en particular, las siguientes:

- La sección 2.ª del capítulo VI del título II, titulada «Oficina de Derechos Lingüísticos de la Generalitat Valenciana. (ODL)», y el artículo 136, de la Ley 8/2022, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.

- El Decreto 73/2018, de 8 de junio, del Consell, de creación del Consell Social de les Llengües.

- La disposición adicional segunda de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de movilidad de la Comunitat Valenciana.

- La disposición adicional [sic] de la Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de la Generalitat, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana, añadida por el artículo 188 de la Ley 8/2022, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.

- El apartado 5 del artículo 19 de la Ley 3/2023, de 13 de abril, de viviendas colaborativas de la Comunitat Valenciana.

- La disposición transitoria cuarta de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del impuesto sobre la renta de las personas físicas y restantes tributos cedidos. Escala del impuesto sobre el patrimonio aplicable a los devengos producidos en los años 2023 y 2024.

DISPOSICIONES FINALES