Ddt �nica Medidas tributarias, financieras, de organización y relativas al personal de la Administración Pública
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Única.- Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a lo establecido en la presente Ley, así como las siguientes: el artículo 38 de la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ecológico; la disposición adicional decimosexta de la Ley 9/1995, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1996, y el párrafo segundo del apartado 4 del artículo 26 de la Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias, modificado por el artículo 8 de la Ley 2/2000, de 17 de julio, de medidas económicas, en materia de organización administrativa y gestión relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de establecimiento de normas tributarias.
