Ddt �nica Medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Illes Balears
- Norma derogada con efectos de 7 de diciembre de 2025. - Decreto ley 8/2025, de 5 de diciembre, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Islas Baleares
- Norma derogada temporalmente desde el 7 de septiembre hasta el 9 de octubre de 2025 debido a la pérdida de efectos de dicha derogación por la no convalidación del Decreto-ley 6/2025, de 5 de septiembre. - Resolución del Parlamento de las Illes Balears por la que, no habiendo sido convalidado el Decreto ley 6/2025, de 5 de septiembre, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears (RGE núm. 13877/25), queda derogado
D.DT. Única
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1. Únicamente en relación con la modernización de establecimientos turísticos prevista en el artículo 17 y durante el plazo establecido en el punto 1 de este precepto, quedan sin efecto: la Ley 8/1988, de 1 de julio, de edificios fuera de ordenación; la disposición adicional quinta y en punto d) del anexo I del Decreto 60/2009, de 25 de septiembre, por el cual se establecen la unifica ción de los procedimientos, la simplificación de los trámites en materia turísti ca y también la declaración responsable de inicio de las actividades turísticas; así como las restricciones derivadas de los planeamientos territoriales y urba nísticos.
2. Queda derogado el Decreto Ley 1/2009, de 30 de enero, de medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Illes Balears.
