Ddt �nica Agencia de la Vivienda

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1. Se derogan los apartados 3 y 4 del artículo 46 de los estatutos de la Agencia de la Vivienda de Cataluña, aprobados por el Decreto 157/2010, de 2 de noviembre.

2. Queda derogada cualquier disposición de igual o inferior rango que contradiga la presente ley o se oponga a ella.